Argentina estableció criterios de evaluación para la liberación comercial de microorganismos genéticamente modificados de uso agropecuario

Las autoridades de la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía establecieron los procedimientos de presentación de solicitudes para la evaluación de liberación comercial de microorganismos genéticamente modificados (MGM) destinados a usos agropecuarios o agroindustriales. Las autoridades de la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía establecieron los procedimientos de presentación de solicitudes para la evaluación de liberación comercial de microorganismos genéticamente modificados (MGM) destinados a usos agropecuarios o agroindustriales.

La evaluación de los MGM, ya sea que se encuentren vivos o muertos, será realizada por la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (Conabia) con la intervención de la Dirección Nacional de Biotecnología, según lo determinado por la resolución 52/19 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Si el MGM es para uso en vegetales, la solicitud también deberá ser presentada a través de la plataforma de trámites a distancia (TAD) de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del Senasa, mientras que si es para uso en animales, la misma tendrá que ser enviada a la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del Senasa.

La resolución 52/19 indica que “la Conabia analizará si se ha producido una inserción en el genoma, en forma estable y conjunta, de uno o más genes o secuencias de ácidos nucleicos que forman parte de una construcción genética definida”.

“En caso de que la Conabia dictamine que no se ha producido una nueva combinación de material genético en el microorganismo, la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía (…) informará fehacientemente al interesado que su producto no se encuentra comprendido por la normativa vigente en materia de MGM”, añade.

En el caso de proyectos para la obtención de microorganismos mediante la aplicación de nuevas técnicas de mejoramiento genético que aún se encuentren en etapa de diseño, el interesado podrá realizar una instancia de consulta previa “al sólo fin de anticipar si el hipotético producto esperado se encontraría comprendido por la normativa vigente para MGM. En este supuesto, la Conabia realizará un análisis preliminar y proporcionará una respuesta orientativa que será comunicada al solicitante a través de la Dirección de Biotecnología”.